Iglesia-Estado

 

Los papeles del Valle de los Caídos (1)

 

Consejo de Asuntos Jurídicos de la CEE: La Basílica "es un lugar sagrado de la Iglesia Católica y, por tanto, inviolable"

 

 

 

04/05/26


 

 

 

El acuerdo firmado el 4 de marzo de 2025 por el arzobispo de Madrid, cardenal José Cobo, y el ministro de Presidencia Justicia y Relaciones con las Cortes, publicado en exclusiva por Religión Confidencial, y sus desarrollos posteriores ha hecho que se presenten casi una decena de recursos en los tribunales de justicia.

 

 

 

  1. El Vaticano no ha firmado
  2. Consejo Episcopal de Asuntos Jurídicos
  3. Propiedad de la Fundación del Valle de los Caídos
  4. Un lugar sagrado
  5. Presencia perpetua de la comunidad benedictina
  6. Desacralización no factible
  7. Cementerio civil
  8. La Comisión de expertos
  9. La Basílica es inviolable
  10. La Comisión de Expertos

 

 

 


Los papeles del Valle de los Caídos.

 

 

 

Además de los interpuestos por varios arquitectos, referidos a cuestiones de defecto de forma en el concurso de resignificación, hay dos recursos presentados de singular interés. Uno de Abogados cristianos y otro de un particular. Tienen como vínculo común la tesis de que el cardenal José Cobo no estaba legitimado para firmar ese acuerdo.

Hay que sumar el recurso que ha presentado la comunidad benedictina del Valle de los Caídos (Cuelgamuros), que incide también en la carencia de legitimidad del arzobispo de Madrid dado que se trata de una abadía “exenta” y “sui iuris”.

 

El Vaticano no ha firmado

Religión Confidencial ha tenido acceso a la documentación de los principales recursos presentados contra los acuerdos del Valle de los Caídos, recursos ahora en sede judicial.

En la rueda de prensa conclusiva de la pasada Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, el obispo secretario general y portavoz, monseñor Francisco César García Magán, dejó claro que, en lo firmado hasta ahora entre el Gobierno y la Iglesia, “el Vaticano no ha sido parte firmante”. Varias veces repitió que no ha habido ningún representante del Vaticano que “haya firmado”. Tampoco la Conferencia Episcopal.

 

Consejo Episcopal de Asuntos Jurídicos

Respecto a los recursos contra el acuerdo firmado y el material presentado en ellos, el primer documento de la serie que publicaremos a lo largo de los próximos días es un Informe del Consejo Episcopal de Asuntos Jurídicos, de la Conferencia Episcopal Española, que el secretario de ese organismo envía a monseñor Luis Argüello en su calidad de Secretario General de la Conferencia Episcopal entonces.

Lleva fecha del 16 de diciembre de 2020. Desde el 17 de febrero de 2018 monseñor José Cobo es obispo auxiliar de Madrid de pleno derecho y miembro de la Conferencia Episcopal Española.

Este informe, según señala Fernando Lozano, Secretario Técnico, “ha sido confeccionado y aprobado motu proprio por el Consejo Episcopal de Asuntos Jurídicos. Se ha pretendido afrontar el tema desde una perspectiva estrictamente jurídica, debido a la actualidad de la cuestión y adelantándose a la inminente promulgación de una nueva ley que le afecta”.

Además añade que “el Consejo Episcopal de Asuntos Jurídicos estima que puede ser de interés para los órganos de gobierno de la Conferencia Episcopal y para los señores obispos”.

 

Propiedad de la Fundación del Valle de los Caídos

El Informe está motivado por la Ley de Memoria Democrática, que en ese momento estaba en tramitación parlamentaria, y se redacta, en lo que se refiere al Valle de los Caídos, “ante la previsión de convertirlo en un cementerio civil, la salida de los monjes benedictinos de la Abadía y la desacralización de la basílica”.

En el informe se explica que “El valle de Cuelgamuros, la Basílica de la santa Cruz del Valle de los Caídos, la Abadía benedictina, hospedería, escolanía, escuela social y locales adyacentes son propiedad de la Fundación del Valle de los Caídos, fundación creada mediante Decreto-Ley de 23 de Agosto de 1957. Se trata de una fundación pública peculiar, pues sus fines son religiosos (en dicha fecha, al ser España un país confesional, esto no suscitaba ningún problema)”.

 

Un lugar sagrado

El punto siete aclara que “la Basílica es un lugar sagrado -lugar de culto- de la iglesia católica y, por tanto, inviolable (art. I.1. Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos). El funcionamiento del conjunto es asegurado por la Comunidad de la Abadía benedictina, cuya presencia en el Valle es resultado de un convenio de 1958 entre la Fundación y la abadía de Silos, fruto del cual es la erección pontificia de la nueva Abadía benedictina del Valle de los Caídos”.

Según el número 4 del artículo I del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos firmado con la Santa Sede, “el Estado reconoce la personalidad jurídica civil y la plena capacidad de obrar de las Ordenes, Congregaciones religiosas y otros Institutos de vida consagrada y sus provincias y sus casas, y de las asociaciones y otras entidades y fundaciones religiosas que gocen de ella en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo”.

“El Acuerdo no prevé que dicho reconocimiento pueda revocarse. Por tanto, existe un compromiso oficial al más alto nivel posible de la existencia de la Abadía”.

 

Presencia perpetua de la comunidad benedictina

Los juristas de la Conferencia Episcopal dan un paso más en su escrito al afirmar, en el punto 12, que “el ente moral “Abadía” no tiene una existencia propia autónoma: necesita de una comunidad que la encarne, y esta de un local en el que residenciarse. La Abadía está constituida por la Comunidad que, a fortiori, necesita de un lugar en el que residir. Piénsese en los monasterios integrados en el Patrimonio Nacional: si a las respectivas comunidades se les priva del local en que moran - que son propiedad del Patrimonio Nacional-, dejan de existir como monasterios y desaparecen las comunidades”.

Además, señalan, “en el propio Decreto-Ley fundacional se recoge el compromiso del Estado de que la presencia de la Comunidad benedictina sea perpetua, a no ser que esta incumpliera alguno de los extremos allí contemplados, lo que no es el caso”.

Dentro de la argumentación jurídica añaden que “el papa Pío XII estableció a perpetuidad la nueva Abadía de la santa Cruz del valle de los Caídos (vid. Breve pontificio de 27 de mayo de 1958). La Abadía, habiendo sido erigida por un papa, de acuerdo con el Decreto de erección, solo otro papa podría extinguirla”.

 

Desacralización no factible

De otra parte, “la Abadía tiene reconocida su personalidad jurídica canónica y civil, mediante su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. Y el Estado carece de competencias para cancelar el asiento. Obviamente se podría dar de baja del Registro, pero dicha baja habrían de postularla los representantes legales de la propia Abadía, y su baja, por otra parte, no extinguiría su personalidad canónica” se señala en el informe.

Sobre el supuesto de que el Gobierno extinguiera la Fundación, “no privaría a la Basílica y a la Abadía de su carácter sagrado. Solo el arzobispo de Madrid podría desacralizar la basílica y el cementerio anejo, previa autorización de la Santa Sede, pues se trata de una basílica pontificia (vid. Breve Pontificio de 7 de abril de 1960). Es más, la presencia de la Comunidad benedictina se justifica, precisamente, por su misión de mantener el culto en la Basílica. Por lo que tampoco parece factible su desacralización”.

 

Cementerio civil

Los juristas de la Iglesia se plantean qué hay que hacer en el caso en el que se pretenda declarar el cementerio como cementerio civil. “Sería necesaria -señalan- su previa desacralización. De otra forma sería inviolable, como cementerio religioso. Pero hay que tener en cuenta, además, que el cementerio, de alguna manera, forma parte de la Basílica, pues se ubica en torno al crucero y a las capillas laterales. Su sacralidad habrá de fundarse en que se consagró junto con la Basílica, o bien ad casum, como cementerio católico”.

 

La Comisión de expertos

Junto con este informe del órgano de consulta jurídica canónica y civil de la Conferencia Episcopal, hay que recordar lo que concluía el Informe de la Comisión de expertos para el futuro de El Valle de los Caídos, una Comisión establecida por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de mayo de 2011, con el encargo de preparar un Informe sobre posibles actuaciones, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, denominada Ley de Memoria histórica.

El informe de esta Comisión le fue entregado al ministerio de la Presidencia el 29 de noviembre de 2011.

En la recomendación 21, se apuntaba que “la Comisión es plenamente consciente no sólo de las dificultades políticas y sociales que supone la ejecución de las siguientes Recomendaciones sino igualmente de las limitaciones de los recursos públicos en momentos de crisis como los presentes y en los que se hacen visibles otras necesidades más urgentes. Al buen criterio del Gobierno le corresponde valorar la conveniencia y oportunidad de asumir estas Recomendaciones, gestionar los tiempos de su eventual ejecución y, sobre todo, lograr los más amplios consensos sociales y políticos: sin estos acuerdos, estas Recomendaciones que proponemos serán inviables”.

 

La Basílica es inviolable

Dentro de las recomendaciones, además de las referidas al proceso de resignificación, que han sido superadas por la actual normativa, se encontraba una referida a la Basílica, en la que se decía que “calificada por la Ley como lugar de culto, la Basílica es inviolable. Se trata de un lugar sagrado, sometido a la autoridad eclesiástica que es: la institución religiosa que atiende el culto y las autoridades religiosas superiores. La actuación en el interior de la Basílica debe contar con su autorización”.

En todo caso, según este informe, “la Comisión considera que no debe alterarse el interior de la Basílica. Toda ella es un universo simbólico que habla por sí mismo. La explicación que pueda precisar el visitante debe serle ofrecida en el Centro de Interpretación. Asimismo, calificada la Basílica como lugar de culto, la Comisión entiende que los religiosos que lo atiendan deben evitar cualquier tipo de actos políticos en su interior, de acuerdo con la ley 52/2007, de 26 de diciembre, art. 16.2 y, al margen de sus funciones litúrgicas, en el resto de sus funciones se atendrán a lo que se disponga en el nuevo Convenio a celebrar entre el Estado y la Iglesia. En otro orden de cosas la Comisión quiere señalar la necesidad de un esfuerzo económico para el digno mantenimiento de la Basílica, acometiendo obras de saneamiento inaplazables”.

 

La Comisión de Expertos

La Comisión de Expertos nombrada por el Consejo de Ministros estuvo compuesta por Virgilio Zapatero Gómez (ex Rector de la Universidad de Alcalá y Catedrático de Filosofía del Derecho) y Pedro José González-Trevijano Sánchez (Rector de la Universidad Rey Juan Carlos I y Catedrático de Derecho Constitucional), que han actuado de Presidentes, y por los siguientes vocales: Carme Molinero Ruiz (Catedrática de Historia Contemporánea de la Universidad Autónoma de Barcelona), Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón (Consejero Permanente del Consejo de Estado y miembro de la Real Academia de Ciencia Morales y Políticas), Alicia Alted Vigil (Catedrática de Historia Contemporánea de la Universidad Nacional de Educación a Distancia), Manuel Reyes Mate (Profesor de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el Instituto de Filosofía), Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós (Consejera Electiva del Consejo de Estado y Catedrática de Filosofía Moral y Política), Hilari Raguer i Suñer (Historiador y Monje de la Comunidad Benedictina de Montserrat), Feliciano Barrios Pintado (Catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha y miembro de la Real Academia de la Historia) - relevando a Carmen Sanz Ayán-, Ricard Vinyes Ribas (Catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad de Barcelona), Francisco Ferrándiz Martín (Antropólogo social del Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y Carlos García de Andoin Martín (Director Adjunto del Gabinete del Ministro de la Presidencia), que actuó como Secretario de la Comisión.

A esta Comisión se invitó a participar al cardenal emérito Fernando Sebastián Aguilar, que rechazó formar parte de ella.